El Gobierno Vasco rechaza la ILP del SMI propio para Euskadi
El Gobierno Vasco ha emitido un criterio desfavorable a la tramitación parlamentaria de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que busca la creación de un Salario Mínimo Interprofesional (SMI) propio para Euskadi. Afirma que la propuesta invade competencias «exclusivas» del Estado, y que la mejora de los sueldos de los trabajadores vascos debería abordarse «desde el diálogo social y el consenso».
El consejero de Economía, Trabajo y Empleo, Mikel Torres, ha explicado que la postura del Gobierno se fundamenta en razones jurídico-constitucionales. La fijación de un Salario Mínimo Interprofesional es competencia exclusiva del Estado, tal como establece el artículo 149 de la Constitución Española. Este artículo atribuye al Estado la legislación básica, aunque permite que su ejecución se realice por los órganos de las comunidades autónomas, conforme al Estatuto de los Trabajadores.
Torres ha resaltado que la ILP solicita al Parlamento Vasco que remita al Congreso de los Diputados una proposición de ley que afecta al reparto competencial entre el Estado y las comunidades autónomas, invocando el artículo 151 de la Constitución. Esto implica que la proposición debería formularse como una ley orgánica o como una ley marco que defina los principios y directrices a seguir en el ejercicio de esta competencia.
Consideraciones sobre la modificación del SMI
En cuanto a «razones de oportunidad», el consejero ha indicado que la modificación propuesta requiere un análisis técnico previo sobre el impacto económico, jurídico y social que tendría establecer salarios mínimos diferenciados por territorio. Además, se debería considerar las consecuencias que tendría la ruptura de la unidad de mercado. Torres ha subrayado la necesidad de contar con un amplio consenso entre los agentes sociales, sindicatos y organizaciones empresariales, así como entre los gobiernos autonómicos y estatal.
La economía vasca es caracterizada por una gran diversidad empresarial que va desde microempresas hasta grandes multinacionales que operan en mercados muy distintos. Esta heterogeneidad exige prudencia y consenso a la hora de abordar cualquier cambio estructural. Torres ha enfatizado que una medida de este tipo no puede ser impulsada únicamente mediante una ILP, sino que necesita un proceso profundo de concertación social y política, basado en el diálogo entre todos los actores implicados y en análisis técnicos previos.
El camino hacia el diálogo y el consenso
El consejero ha reiterado que la mejor fórmula para abordar estas cuestiones es la negociación colectiva. Recordó que el Parlamento Vasco ya aprobó, el 23 de marzo de 2023, una proposición no de ley que contaba con el respaldo de cerca del 90% de los parlamentarios, instando a los agentes sociales a alcanzar un acuerdo interprofesional sobre un salario mínimo de negociación colectiva que refleje la realidad socioeconómica del País Vasco.
También destacó que el acuerdo de gobierno entre el PNV y el PSE incluye en su ‘compromisos 61’ la promoción en la Mesa de Diálogo Social de un acuerdo interprofesional que respete la autonomía de los agentes. Torres concluyó que el camino para afrontar la cuestión de los salarios en Euskadi debe ser uno de diálogo, negociación y, especialmente, de acuerdo.
Expectativas de diálogo entre agentes sociales
En relación a las negociaciones, el consejero mostró su esperanza de que en la próxima reunión del Consejo de Relaciones Laborales, entre Confebask y los sindicatos, se pueda «abrir una vía de diálogo que hasta ahora no existe» sobre este tema. Subrayó que la falta de negociación no puede resolverse en los tribunales de justicia, haciendo un llamado a discutir, negociar y, si es posible, alcanzar un acuerdo.
Los promotores de esta ILP han afirmado que han recogido más de 130.000 firmas ciudadanas. Sin embargo, según la información que ha proporcionado el Instituto Nacional de Estadística y la Mesa del Parlamento Vasco al Gobierno Vasco, se han presentado 10.496 firmas, de las cuales 10.218 corresponden a ciudadanos inscritos en el censo electoral y, por ende, son las que se consideran validadas.
