El 3 de noviembre de 2025, el Consejo de Gobierno de Canarias aprobó la legalización territorial de cinco explotaciones ganaderas en varios municipios. Estas legalizaciones se llevan a cabo en San Sebastián de La Gomera, Garafía (La Palma), Moya (Gran Canaria), Candelaria y El Rosario (Tenerife).
En total, las explotaciones autorizadas suman 1.039 animales, desglosados en 957 cabezas de caprino, 38 de ovino, 29 de bovino, 13 de equino y 2 de porcino. Este movimiento se inscribe dentro del plan de regularizaciones promovidas por el Ejecutivo canario, con el que se busca facilitar el desarrollo del sector ganadero de las Islas.
Aprobación de Actividades y Edificaciones
El Consejo de Gobierno ha concedido autorizaciones tanto para las actividades ganaderas como para las correspondientes edificaciones e instalaciones. Hasta la fecha, se han otorgado permisos a un total de 23 instalaciones de ganado a lo largo de 2025, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 6/2009 de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo en Canarias.
Impulso a Sectores Estratégicos
Esta reactivación en la tramitación de autorizaciones, impulsada por la Dirección General de Ganadería, constituye un impulso notable para la consolidación de subsectores estratégicos del sector primario de Canarias. Este impulso es especialmente relevante para la producción de leche y la elaboración de quesos, así como para la producción de huevos de gallina, carne de porcino y ovino, además de incrementar las actividades relacionadas con la práctica ecuestre.
Situación de Registro y Normativa Aplicable
Las cinco instalaciones que han recibido la legalización se encuentran en alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA). Un informe realizado por GMR Canarias incluye un estudio comparativo de fotografías aéreas que respalda la situación actual de estas instalaciones. Las edificaciones que se encuentran en legalización fueron construidas después de la entrada en vigor de la Ley 9/1999 de Ordenación del Territorio de Canarias, lo que permite aplicar la disposición final tercera de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Esta normativa establece que el Gobierno, en coordinación con los departamentos competentes en ordenación del territorio y medio ambiente, podrá acordar la legalización de las edificaciones e instalaciones ganaderas actualmente en explotación, siempre que hayan sido ejecutadas sin los títulos administrativos correspondientes y antes de la entrada en vigor de la mencionada ley.
Requisitos para la Legalización
Finalmente, el acuerdo del Consejo de Gobierno determina que se deben llevar a cabo diversas actuaciones de carácter sanitario, ambiental, funcional, estético y de bienestar animal. Estas actuaciones son requisitos para la legalización de las instalaciones, que deberán ejecutarse en un plazo de dieciocho meses a partir del día siguiente a la notificación, con la posibilidad de una prórroga de hasta nueve meses adicionales.
