
Condenados a penas que suman seis años y ocho meses por ‘sobar’ a una joven y pintarle penes en la cara con un rotulador rojo
– EUROPA PRESS
VALLADOLID, 2 de enero. (EUROPA PRESS) – La Audiencia de Valladolid ha impuesto penas que suman un total de seis años y ocho meses de cárcel a dos varones condenados por un delito de agresión sexual sobre una joven durante una fiesta celebrada en febrero de 2025. En el transcurso de este evento, la víctima fue sometida a tocamientos y se le dibujaron penes en la cara y otras partes del cuerpo tras quedar inconsciente debido al consumo de alcohol y drogas.
Los jóvenes, identificados como J.C.L. y D.S.C., enfrentaban penas que iban de seis a ocho años y medio de prisión. Sin embargo, el tribunal decidió imponer condenas de dos años y medio y tres años y medio por el delito de agresión sexual, considerando como atenuantes la drogadicción de ambos y la de reparación del daño en el caso del primero.
Los condenados no podrán acercarse a la víctima, su domicilio o lugar de trabajo a menos de 300 metros, ni comunicarse con ella por cualquier medio durante un tiempo superior en dos años a la duración de la pena de prisión. Además, serán sometidos a un régimen de libertad vigilada durante cinco años tras cumplir su condena y se les inhabilita para cualquier profesión que implique contacto regular y directo con menores de edad por un periodo superior en cinco años a la duración de la pena impuesta.
Cada uno de los jóvenes ha sido también condenado a cuatro meses de cárcel por el delito de amenazas a V.A.G., el anfitrión de la fiesta, a quien no podrán aproximarse a menos de 300 metros ni comunicarse con él por cualquier medio durante un tiempo superior en dos años a la duración de la pena de prisión.
Respecto a la responsabilidad civil, los condenados deberán indemnizar de manera conjunta y solidaria a la víctima con la cantidad de 6.000 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press mediante fuentes jurídicas.
En el fallo se considera un «único delito de agresión sexual por actuación conjunta» cuando varios agresores repiten el acto sobre la misma víctima durante la misma ocasión y en condiciones de vulnerabilidad, justificando así la decisión de la Audiencia de Valladolid.
Aseguran que era un mero juego
Durante el juicio, los condenados defendieron su inocencia negando haber tocado a la denunciante, atribuyendo los dibujos obscenos a un «juego» que, según afirmaron, no tenía intenciones de humillación y era una práctica común en otras fiestas similares donde los participantes «se drogaban» y cedían el uso de sus cuerpos.
A pesar de las defensas, la acusación pública y particular mantuvieron los cargos, afirmando que se acreditó la comisión de ambos delitos. El denunciante, anfitrión de la fiesta, constató la situación mediante una llamada al Servicio de Emergencias 112, tras lo cual, agentes de la Policía Nacional encontraron a la joven inconsciente, con los pantalones bajados y la camiseta subida.
Los acusados fueron sorprendidos abrazando a la víctima y tocándola indebidamente. Además, le habían pintado penes en su cuerpo con un rotulador rojo. Todos los implicados estaban en la vivienda del anfitrión para consumir drogas y alcohol, algo que fue reconocido por todas las partes. No obstante, la joven no pudo proporcionar información relevante durante el juicio debido a su estado de inconsciencia provocado por el uso de sustancias, incluyendo éxtasis líquido.
En su informe final, la acusación pública solicitó una pena de ocho años y medio para D.S.C. por los delitos de agresión sexual y amenazas, invocando la atenuante de drogadicción. En cuanto a J.C.L., se solicitó una pena de seis años aplicando también la atenuante de reparación del daño, ya que había consignado 5.000 euros de los 10.000 que se solicitaban en total para resarcir el daño a la víctima. Por su parte, la acusación particular demandó ocho años y medio para ambos.
Las defensas abogaron por la absolución de sus clientes, quienes se encuentran en prisión provisional desde el día de los hechos. El abogado de J.C.L. argumentó una eximente completa por intoxicación y hizo hincapié en las numerosas contradicciones del denunciando y anfitrión de la fiesta.
