– Eduardo Sanz – Archivo
PAMPLONA 18 Mar. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia dictada en noviembre por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, que condenó a un total de 8 años y 6 meses de prisión a un hombre que violó en dos ocasiones a una amiga en agosto de 2023 en Pamplona.
La sentencia ratificada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJN puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo y, en ella, se impuso al procesado una pena de 4 años y 3 meses de prisión por cada uno de los delitos de agresión sexual con acceso carnal, así como una prohibición de acercamiento y comunicación por un plazo de 16 años (8 por cada delito).
Además, el inculpado deberá cumplir una medida de libertad vigilada, que se ejecutará después de la pena privativa de libertad, de otros 14 años (7 por cada agresión sexual). En concepto de responsabilidad civil, indemnizará con 20.000 euros por el daño moral.
El hombre y la denunciante se conocieron a través de amigos comunes en 2022 y volvieron a coincidir en los Sanfermines de 2023, estrechando así su relación de amistad. La mujer residía en un pequeño estudio en el Casco Viejo de Pamplona, donde, en varias ocasiones antes del 8 de agosto, el hombre había pasado la noche. Según la sentencia, compartieron cama «sin que hubieran tenido relaciones sexuales ni hubieran hablado de tenerlas».
El 8 de agosto, sigue la resolución, el encausado le preguntó a la mujer si podía quedarse a dormir, como en otras ocasiones, y ella accedió. Compartieron cama, pero por la mañana, el hombre comenzó a besarla sin su consentimiento. La mujer, que «no le salían las palabras», se apartó y expresó «su negativa mediante gestos corporales». Sin embargo, él no solo no se detuvo, sino que la violó, cesando sólo cuando un instalador llamó al timbre para tomar medidas en el apartamento.
Dos días después, la denunciante llamó al acusado para decirle que había olvidado unos auriculares en su casa. Cuando él acudió a recogerlos, comenzaron a hablar. De nuevo, el hombre comenzó a besarla, a pesar del rechazo de ella. La sentencia indica que, a pesar de los gestos de la víctima que mostraban su negativa a tener relaciones sexuales, la agredió sexualmente.
La denunciante, según la resolución judicial, tiene antecedentes de tratamiento psicológico y psiquiátrico por sintomatología depresiva, mostrando una tendencia a la evitación y cierta sumisión en las relaciones interpersonales, además de tener dificultades para expresar sus sentimientos y deseos.
La Sección Segunda de la Audiencia, que no apreció violencia o fuerza en la comisión de los hechos, consideró probados los dos delitos de agresión sexual «puesto que la denunciante no consintió» las relaciones sexuales mantenidas con el denunciado.
La Víctima Exteriorizó su Negativa
En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN desestima en su totalidad el recurso presentado por la defensa.
La Sala argumenta que «ni el día 8 de agosto ni el 10 de agosto la denunciante verbalizó con palabras que quisiera mantener relaciones sexuales con el denunciado, tampoco expresó su negativa, pero sí la mostró mediante gestos consistentes en intentar retirarse y en permanecer pasiva. Igualmente movió las piernas intentando apartarse, movió la cabeza mostrando con su lenguaje corporal que no deseaba esa relación. Aunque faltó la manifestación verbal de la negativa al acto sexual, había una serie de gestos que denotaban falta de consentimiento», remarcó el Tribunal.
Por lo tanto, concluye la Sala, en ambas fechas «no había un consentimiento por parte de la denunciante para la relación sexual libremente manifestado sobre la base de actos que, considerando las circunstancias específicas del caso, expresaran de manera clara su voluntad, sino todo lo contrario: los actos que la denunciante exteriorizó mostraban su negativa a mantener relaciones sexuales con acceso carnal, a pesar de lo cual él llevó a cabo el acto.»
Finalmente, el Tribunal apostilla que «consciente de la falta de consentimiento de la denunciante, el denunciado decidió seguir adelante con las relaciones sexuales con el propósito de satisfacer sus deseos lúbricos».
