MURCIA, 9 Abr. (EUROPA PRESS) – El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, ha aprobado en su reunión de este jueves el calendario de días inhábiles a efectos laborales para el año 2027.
Las 12 festividades nacionales serán:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 6 de enero (Reyes)
- 19 de marzo (San José)
- 25 de marzo (Jueves Santo)
- 26 de marzo (Viernes Santo)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 15 de agosto (Virgen de la Asunción)
- 12 de octubre (Fiesta Nacional)
- 1 de noviembre (Todos los Santos)
- 6 de diciembre (Día de la Constitución)
- 8 de diciembre (Inmaculada)
- 25 de diciembre (Navidad)
Las comunidades autónomas tienen la posibilidad de establecer otras festividades de carácter propio, lo que puede llevar a la supresión de alguna de las nacionales. En el caso de la Región de Murcia, la festividad autonómica a tener en cuenta es la del 9 de junio, en conmemoración de la promulgación del Estatuto de Autonomía.
Por lo tanto, el próximo año se celebrará como festivo en la Región de Murcia el miércoles 9 de junio, reemplazando el día 16 de agosto, que es el lunes siguiente al domingo 15 de agosto (Virgen de la Asunción).
A estas fechas se sumarán dos festividades locales que deben ser designadas por los ayuntamientos.
Así, las fiestas laborales en todo el ámbito territorial de la Región de Murcia para 2027, además de todos los domingos, serán:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 6 de enero (Epifanía del Señor)
- 19 de marzo (San José)
- 25 de marzo (Jueves Santo)
- 26 de marzo (Viernes Santo)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 9 de junio (Día de la Región de Murcia)
- 12 de octubre (Fiesta Nacional)
- 1 de noviembre (Todos los Santos)
- 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
- 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
- 25 de diciembre (Natividad del Señor)
Después, los 45 municipios de la Región determinarán los dos días con carácter de fiestas locales que por tradición les sean propias, configurando así el calendario laboral completo para el próximo año.
