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TOLEDO, 28 Abr. (EUROPA PRESS) – La defensa de A.M.G., acusado de un delito de abuso sexual cuando era cura en 2015 en Añover de Tajo (Toledo) a un menor de 16 años, ha solicitado su absolución. El juicio tuvo lugar este martes en la Sección Segunda de la Audiencia de Toledo y se celebró a puerta cerrada a petición del Ministerio Fiscal, durando algo más de una hora.
Laura Jiménez, abogada de la acusación particular y representante de la víctima, expresó que considera «ciertos» los hechos catados y confía en que «realmente se haga justicia». A pesar de la dureza de la declaración del perjudicado, la letrada se mostró positiva, afirmando que «saldrá a favor».
Jiménez, al no tener oportunidad de solicitar condenas en el momento en que se personó en el caso, se adhirió a la petición de pena del Ministerio Fiscal, que solicita seis años de prisión para el acusado.
La defensa, considerando que también se ha depositado la responsabilidad civil –la Fiscalía solicita una indemnización de 10.000 euros para la víctima–, ha solicitado una atenuación de la pena, según confirmó la letrada.
Asimismo, la abogada manifestó que desconoce la situación actual del acusado en relación a su habilitación como sacerdote, ya que este se negó a responder a las preguntas tanto del Ministerio Público como de la acusación particular, limitándose a contestar las formuladas por su defensa.
La denuncia fue presentada mediante el Arzobispado de Toledo hace aproximadamente «unos tres años».
LOS HECHOS
Según el Ministerio Fiscal, en el escrito de acusación, el acusado fue párroco de Añover de Tajo (Toledo) entre los años 1998 y 2017. En 2015, comenzó a ser monaguillo de esta parroquia B., nacido el 26 de julio de 2000, cuando tenía quince años, marcando el inicio de los presuntos episodios de abuso que se prolongaron hasta 2020.
Tras los hechos narrados, la Fiscalía considera que el procesado es autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, tipificado y penado por el artículo 183.1 y 4 d) del Código Penal. Se solicita, en consecuencia, una pena de seis años de prisión, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, conforme al artículo 56 del Código Penal.
Además, conforme a los artículos 48 y 57.1 del Código Penal, se pide la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de quinientos metros, así como a su domicilio o lugar de trabajo, durante un tiempo superior en cinco años a la pena de prisión impuesta.
También se propone que el acusado cumpla seis años de libertad vigilada, obligándose a participar en programas formativos de educación sexual.
Por último, de acuerdo con el artículo 192.3 del Código Penal, se solicita la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto regular y directo con personas menores de edad durante un período de diez años, así como las costas procesales.
