LOGROÑO, 17 Sep. (EUROPA PRESS) – El abogado, D.N.C., ha aceptado cuatro años y medio de cárcel, así como otros 9 años y medio de inhabilitación para ejercer su profesión, tras los dos juicios a los que se ha enfrentado esta mañana por delitos de estafa, apropiación indebida y deslealtad profesional. Además, se ha acordado una multa de 13.680 euros, según ha señalado el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
Primer juicio
En el primer juicio, que tuvo lugar a las 10:00 horas, el letrado, ya condenado en 2021 a varios años de cárcel por estafa, se enfrentó a un delito continuado de apropiación indebida, otro de estafa, y un tercero de deslealtad profesional hacia una empresa cliente. Aceptó dos años de cárcel y una multa de 2.160 euros por los primeros delitos, así como dos años de inhabilitación para ejercer como abogado. Por el delito de deslealtad profesional, se acordó una multa de 4.320 euros e inhabilitación para ejercer como abogado durante 3 años.
En el aspecto de la Responsabilidad Civil, fijada en 79.948 euros, no se llegó a acuerdo, por lo que se celebró un juicio sobre este aspecto y el tribunal emitirá sentencia. «Se ha puesto de manifiesto la transferencia de 12.000 euros del acusado a la empresa perjudicada Hormigones Ángulo S.L. pero aún no hay constancia de ello», resaltó el TSJR.
El Fiscal había solicitado cinco años de cárcel y 10.800 euros de multa, así como una indemnización de casi 80.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Según el escrito al que tuvo acceso, el abogado, administrador de dos sociedades, en 2018 y 2019 «guiado por el ánimo de obtener un ilícito beneficio, como administrador concursal en el procedimiento de la empresa ‘Atom Vehículos Industriales’, sin conocimiento ni autorización del Juzgado de lo Mercantil de Logroño, y sabiendo que perjudicaba los intereses de su cliente», llevó a cabo una serie de hechos delictivos.
El letrado «utilizando siempre el mismo modus operandi de solicitar dinero a la mercantil ‘Construcciones Ángulo Hermanos S.L.’ abusó de su confianza en la relación profesional y se aprovechó de su posición como administrador concursal». Se ordenaban transferencias a una cuenta bancaria indicada por él que no era la cuenta de consignaciones del Juzgado.
El 21 de junio de 2018, el acusado envió un correo «donde indicó cómo se tiene que hacer la oferta, pidiendo una memoria de la empresa y exigiendo el ingreso de una fianza en una cuenta a nombre personal suya como administrador concursal. La constructora realizó el pago en la cuenta del administrador concursal de 12.000 euros».
Detalles del fraude
Posteriormente, exigió pagos a la empresa por 12.030 euros; por 1.911,80 euros; por 3.900 euros; y 3.850 euros, aduciendo pagos notariales y para gastos de operación en venta.
Envió otros correos solicitando 16.741 euros «a fin de completar un 10 por ciento de la operación de compra» y 2.420 euros «en gastos notariales». El 16 de enero de 2019, volvió a enviar un correo en el que indicaba que era preciso un ingreso de 4.852,10 euros para completar el uno por ciento de la garantía de la firma, que sería devuelta una vez firmado. También solicitó 12.995 euros «para pagar el importe de unos IBIS pendientes en el Ayuntamiento de Hormilla» y otros 903 euros posteriormente.
El 13 de febrero de 2019, envió otro correo indicando que se habían detectado algunos errores que era preciso solucionar antes de la firma. Ocho días después, ocurrieron desperfectos por robo en el solar y la finca, por lo que el letrado pidió 8.385,30 euros para poner nuevas puertas y evitar más robos.
El 17 de julio de 2019, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño dictó un auto que «describe las irregularidades en la actuación de D.N.C. como administrador concursal, al margen del Juzgado», lo que derivó en su cese como administrador. En octubre se le denegó la autorización, y cualquier entrega de dinero por parte de la empresa no estaba justificada, lo que justificó la pérdida de confianza en su actuación.
El total de dinero defraudado asciende a 79.948,89 euros ingresados en la cuenta bancaria del acusado.
Segundo juicio en el mismo día
Posteriormente, a las 12:00 horas, el mismo abogado tenía otro juicio por apropiación indebida y falsedad en la compraventa de un inmueble. Ha llegado a un acuerdo por el delito de apropiación indebida, aceptando 1 año y 3 meses de prisión, junto con inhabilitación para ejercer como abogado durante el tiempo de condena. Por el delito de falsedad, también aceptó 1 año y 3 meses de prisión y 3.600 euros de multa, además de inhabilitación para ejercer como abogado por 1 año y 3 meses. Finalmente, por el delito de deslealtad profesional, se acordó una multa de 3.600 euros y 2 años de inhabilitación para ejercer como abogado.
El Fiscal solicitaba tres años de cárcel, 7.200 euros de multa, y una indemnización para sus clientes de 4.618,54 euros. El escrito indicaba que el letrado había sido contratado para prestar servicios profesionales en la gestión de la compraventa de un inmueble. El acusado formalizó un presupuesto que incluía la totalidad de los gastos derivados de la compraventa, «incluyendo su minuta profesional, gastos de Notaría y Registro de la Propiedad, impuesto de transmisiones patrimoniales y plusvalía, por un importe total de 4.445,01 euros; cantidad que fue abonada por los clientes mediante transferencia bancaria el 23 de septiembre de 2019».
Tras «mucha insistencia» por parte de los clientes, pues «el tiempo transcurría sin que se realizaran los trámites», se firmó la escritura de compraventa el 8 de octubre de 2020. Aun así, «en abril de 2021, la escritura todavía se hallaba en la Notaría, puesto que el acusado no había procedido a su pago ni había acudido a recogerla». Los clientes debieron abonar de nuevo los gastos e impuestos, y «ocuparse de inscribir el título en el Registro de la Propiedad, pese a que todo estaba incluido en la provisión de fondos».
Ante el doble pago, los clientes reclamaron al acusado la devolución de la provisión de fondos; y él aceptó devolver 4.203,01 euros, descontando 242 euros en concepto de minuta e IVA. El 7 de mayo de 2021, el acusado envió un correo a la letrada de dos de sus clientes indicando en él que Acompañó un resguardo «de una transferencia realizada»; adjuntando un archivo con un «supuesto justificante» de la entidad bancaria BBVA, de una transferencia de 4.203,01 euros desde la cuenta de la mercantil, justificante que «no había sido emitido por la entidad bancaria, ya que la transferencia nunca tuvo lugar».
