
ALMERÍA 28 Mar. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cinco años de prisión a un hombre que violó a la compañera de piso de su pareja sentimental, tras colarse en su habitación cuando la chica, con la que había compartido unas copas antes de retirarse a su dormitorio, ya se había dormido.
El fallo, consultado por la agencia, y contra el que cabe recurso de apelación, condena al acusado por un delito de agresión sexual con la atenuante de reparación de daño, ya que antes del juicio ingresó una cantidad económica para indemnizar a la víctima en caso de ser declarado culpable.
La sentencia da por probado que el acusado se quedó a pernoctar el 18 de noviembre de 2020 en el domicilio en el que residía la víctima, quien se hallaba sola esa noche ya que sus dos compañeras de piso –una de las cuales era pareja sentimental del acusado– se encontraban ausentes.
Así, tras tomar unas copas de ginebra, ambos se fueron a dormir a habitaciones separadas hasta que, sobre las 0:15 horas, el acusado «entró en el cuarto» de la chica y la agredió sexualmente «aprovechando que estaba dormida».
La joven, que se despertó en estado de confusión, forcejeó con el acusado para intentar «quitárselo de encima», al tiempo que «le decía que no quería hacer nada con él» y que le estaba «haciendo daño». A pesar de ello, este continuó con la agresión, ocasionándole heridas en su zona íntima.
El tribunal subrayó el testimonio creíble, verosímil y persistente en su incriminación mantenido por la víctima durante su interrogatorio, donde explicó cómo despertó aturdida al percibir la agresión sexual después de que el acusado la abordara inesperadamente.
Aunque el acusado reconoció parte de las relaciones sexuales, alegó que fueron «consentidas». Sin embargo, a la declaración de la víctima se suma el parte facultativo emitido desde el hospital, donde se constataron las lesiones el mismo día de los hechos.
Dicho parte fue ratificado también por un forense a la hora de avalar la agresión, la cual fue denunciada ante la Comisaría y en el juzgado. A este «arsenal probatorio» estimado por el tribunal se unió la declaración de un amigo de la víctima, quien aseguró que esta lo llamó «muy alterada» a primera hora de la mañana para decirle que «había sido violada», y tras esto la acompañó al hospital porque estaba herida.
A pesar de que la Sala atendió la atenuante de reparación de daño por la aportación económica previa realizada antes del juicio para indemnizar a la víctima ante una eventual condena, rechazó aplicar una atenuante de confesión, puesto que con su versión no aportó «nada» a la investigación ni al esclarecimiento de los hechos. También fue denegada la atenuación de la pena por dilaciones indebidas.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal inhabilita al acusado durante diez años para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con menores. También se le impone una orden de alejamiento e incomunicación respecto a la víctima durante nueve años, a la que deberá indemnizar con 30.000 euros, y siete años de libertad vigilada.
