PALMA, 3 Feb. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena al empresario que estafó a 650 estudiantes y les dejó sin viaje de estudios a Mallorca en el verano de 2013. El tribunal ha ordenado que el condenado abone indemnizaciones que superan los 280.000 euros.

El Alto Tribunal, en una sentencia reciente, ha desestimado el recurso del empresario D.M.Z, que en el año 2023 fue condenado por la Audiencia Provincial de Murcia a dos años de cárcel por apropiarse de las cantidades que pagaron estudiantes de diferentes puntos de España.
Este empresario fue hallado culpable de un delito continuado de apropiación indebida agravado, con la atenuante de dilaciones indebidas. Además de la pena de prisión, se le ha impuesto el pago de las costas del proceso.
Asimismo, fue condenado a indemnizar a cada uno de los 650 viajeros perjudicados procedentes de Murcia, Alicante, Valencia, Castellón, Cuenca, Guadalajara, Madrid, Tarragona, Barcelona, La Rioja y Sevilla, con una suma total de 283.666 euros.
El acusado, administrador único de una mercantil que operaba bajo el nombre comercial de Todolisto.es, se comprometió a gestionar el traslado de hasta 650 estudiantes desde sus localidades de origen a Valencia, y de allí a Palma, donde se alojarían en hoteles de la isla, y su posterior regreso.
No obstante, tras recibir en sus cuentas bancarias el importe de los viajes –unos 400 euros de media por estudiante– no realizó los traslados ni los alojamientos comprometidos. En su lugar, se limitó a notificar, mediante correos electrónicos o mensajes de SMS, la cancelación de los viajes. Poco después, solicitó un concurso voluntario de acreedores.
La sentencia considera probado que el acusado estableció una dinámica peculiar al contemplar que «del dinero obtenido de su actividad principal podía disponer para otras actividades mercantiles o para atender necesidades personales o empresariales».
El tribunal también concluyó que el acusado afrontó deudas anteriores al 31 de diciembre de 2012 utilizando dinero de los viajes de la temporada 2013, lo que supuso un desembolso de más de 250.000 euros. «Esa actuación económica, decidida por el acusado, supuso evidentemente dirigir dinero que debía destinarse a los viajes del año 2013, a pagar conceptos ajenos, creando así una falta de liquidez para atender las exigencias de esos viajes», afirman los magistrados en su veredicto.
