
ZARAGOZA, 21 Dic. (EUROPA PRESS) – La Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón ha dictado una resolución que actualiza las instrucciones para la prestación del servicio de ayuda en la confección, pago y presentación de autoliquidaciones de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como sobre Sucesiones y Donaciones. El objetivo es adaptar su funcionamiento a la normativa vigente y a los recursos disponibles.
La resolución, firmada el 19 de diciembre por el director general de Tributos, Francisco Pozuelo Antoni, busca garantizar una atención adecuada a los contribuyentes, fomentar el uso de medios electrónicos y alinear el servicio con los recursos disponibles, tras superar la situación excepcional provocada por la pandemia.
Este servicio está orientado a personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración que carecen de los medios técnicos necesarios para realizar las autoliquidaciones por sí mismas. Quedan excluidos aquellos que actúan por representación.
La solicitud para acceder a este servicio es voluntaria, y su aceptación dependerá de la disponibilidad de datos y recursos técnicos que aseguren la necesaria seguridad jurídica.
TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓNICO
La atención se prestará preferentemente a través de canales no presenciales, mediante el teléfono de Información Tributaria y el correo electrónico corporativo que se facilitará a cada usuario. Sin embargo, se mantendrá la atención presencial en aquellos casos en los que existan dificultades en el uso del lenguaje o de herramientas digitales.
La resolución establece plazos mínimos para solicitar el servicio, los cuales deberán ser respetados para asegurar una correcta prestación. Asimismo, regula los supuestos de admisión, inadmisión y exclusión, especialmente en casos de mayor complejidad o que involucren un elevado número de bienes.
Además, se especifican los trámites que pueden llevar a cabo los funcionarios habilitados, siempre con la autorización expresa del contribuyente.
Con esta medida, la Dirección General de Tributos refuerza su compromiso con la simplificación administrativa, la asistencia efectiva al contribuyente y el impulso de la administración electrónica, alineándose con la normativa estatal y autonómica vigente.
La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y se difundirá asimismo a través del portal de tributos del Gobierno de Aragón.
