LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 28 Sep. (EUROPA PRESS) – La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias abre este lunes el plazo para presentar las solicitudes a la nueva convocatoria del Bono de Alquiler Joven, dirigido a personas de entre 18 y 35 años. Este bono tiene el objetivo de ayudarles a hacer frente al pago del alquiler de su vivienda habitual y facilitar su emancipación, con un importe de hasta 250,00 euros.
Esta línea de subvenciones, gestionada a través del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI), cuenta con un crédito global que asciende a 10.600.000,00 euros, aportados por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y otros 1.400.000,00 euros procedentes del convenio de colaboración entre el ICAVI y el Cabildo de Lanzarote para ampliar la cobertura de esta ayuda en la isla, según ha informado la Consejería regional de Vivienda en nota de prensa.
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva. Esto significa que se atenderá a la mera concurrencia de los requisitos para ser persona beneficiaria, «sin que sea necesario» establecer la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas.
Las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes en el plazo de 15 días hábiles, desde el 29 de septiembre al 17 de octubre de 2025, preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica. También se podrá presentar por otros medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a los requisitos necesarios para ser beneficiario, se debe ser persona física y tener entre 18 y 35 años, ambos incluidos, en el momento de la solicitud. Se requiere tener nacionalidad española, o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Las personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
Además, deben ser titulares o estar en condiciones de suscribir, en calidad de arrendatarios, un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado según la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, o en calidad de cesionarios de un contrato de cesión de uso. Se reconocerá el derecho a acceder a esta ayuda, con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2024, en el caso de que ya sean titulares de un contrato desde esta fecha.
También es necesario disponer de al menos una fuente regular de ingresos que genere unas rentas anuales, incluyendo las de las personas que tengan su domicilio habitual en la vivienda, iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
En el supuesto de alquiler de habitación, no se incluirá la renta de las personas que tengan su domicilio habitual en la vivienda, solo se considerarán las de la persona arrendataria.
Respecto a los límites del importe de la renta arrendaticia mensual, el Instituto Canario de la Vivienda ha realizado un análisis del precio del alquiler en diferentes municipios. Se han establecido tres ámbitos para determinar el precio máximo admisible de alquiler de vivienda.
Ambito A
En los municipios de ‘Ámbito A’, el precio máximo de la renta de alquiler no podrá superar los 900,00 euros al mes y los 450,00 euros para alquiler de habitación. Esta área incluye, en la provincia de Las Palmas: Mogán, Las Palmas de Gran Canaria, San Bartolomé de Tirajana, Santa Brígida, Teguise, Tías y Yaiza. En la de Santa Cruz de Tenerife: Adeje, Arico, Arona, Candelaria, Puerto de la Cruz, El Rosario, San Miguel de Abona, Santa Cruz de Tenerife y Santiago del Teide.
Ambito B
En ‘Ámbito B’, el precio máximo será de 750,00 euros al mes para alquiler de vivienda, y de 375,00 euros para habitación. En la provincia oriental se incluyen Agüimes, Arrecife, Arucas, Haría, La Oliva, Pájara, San Bartolomé, Telde y Tinajo. En la occidental: Breña Baja, Granadilla de Abona, Guía de Isora, Güímar, La Orotava, San Cristóbal de La Laguna, Santa Cruz de La Palma, El Sauzal, Tacoronte, Tazacorte, Valle Gran Rey y Vallehermoso.
Ambito C
Finalmente, el ‘Ámbito C’ para los 51 municipios restantes, el importe de la renta arrendaticia mensual no puede superar los 600,00 euros al mes para alquiler de vivienda y los 300,00 euros al mes para alquiler de habitación.
Los abonos de las ayudas se realizarán de forma semestral, previa justificación por parte del beneficiario. En el caso de que se solicite la ayuda con carácter retroactivo, el abono podrá realizarse con la resolución de concesión, siempre que se hayan aportado los correspondientes recibos de abono del alquiler en el momento de la solicitud.
Actualización en Lanzarote
En el caso de la isla de Lanzarote se ha suscrito un convenio entre el ICAVI y el Cabildo insular, incorporando una aportación de esta administración de 1.400.000,00 euros. De este modo, se amplía la cobertura de las ayudas y se garantiza que un mayor número de jóvenes de la isla pueda beneficiarse de este apoyo al alquiler.
La aportación del Cabildo de Lanzarote se integrará en la gestión ordinaria que realiza el Instituto Canario de la Vivienda, lo que permitirá optimizar la tramitación, evitar duplicidades administrativas y asegurar una gestión coordinada y transparente de los fondos públicos.
