
SALAMANCA 18 Feb. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de once meses y medio de prisión impuesta a un hombre que intentó estafar a una joyería de Salamanca haciéndose pasar por el hijo de un conocido empresario de la ciudad.
Detalles del caso
El fallo de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, desestima así el recurso de apelación del condenado y confirma íntegramente la sentencia de primera instancia dictada por la Audiencia de Salamanca, según información del Gabinete de Prensa del Alto Tribunal castellanoleonés.
Los hechos se produjeron el 28 de octubre de 2022, cuando el acusado acudió a una joyería situada en la Plaza Mayor de Salamanca. Según la sentencia, el acusado se presentó como hijo de un importante empresario local, con el que compartía nombre y apellidos, alardeando de solvencia económica. Solicito adquirir varias joyas de alto valor, incluyendo un reloj Tudor, una gargantilla de brillantes y posteriormente un anillo, cuyo importe global superaba los 50.000 euros.
El intento de estafa
El acusado aseguró que pagaría mediante transferencia bancaria inmediata y mostró al propietario del establecimiento pantallazos falsificados que simulaban dichas operaciones. No obstante, el joyero se percató de irregularidades en los justificantes y decidió no entregar las piezas en ese momento, proponiéndole llevarlas personalmente a Madrid, donde el acusado dijo residir, una vez confirmado el ingreso.
El comprador facilitó un número de teléfono, que resultó pertenecer a su pareja, y una tarjeta de un restaurante del que afirmó ser propietario. Cuando llegó el día acordado para el desplazamiento, el joyero comprobó que el dinero no había sido ingresado y no logró contactar con el acusado.
Defensa y dictamen del Tribunal
En su recurso, la defensa del acusado argumentó que no existía prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia y sostuvo que el testimonio del denunciante era insuficiente, así como que los documentos aportados no habían acreditado el engaño.
Sin embargo, el TSJ ha considerado que la prueba testifical, las grabaciones de seguridad, los informes patrimoniales y los datos falsos proporcionados por el acusado constituyen un conjunto probatorio «más que suficiente». La Sala subraya que el acusado simuló solvencia económica, fingió una identidad y mostró transferencias inexistentes, elementos que encajan plenamente en el delito de estafa en grado de tentativa.
Conclusiones del Tribunal
El Tribunal ha recordado que el delito no llegó a consumarse únicamente por la desconfianza del joyero, quien evitó entregar las joyas, lo que llevó a la confirmación del fallo condenatorio donde se aprecia la agravante de reincidencia, dado que el acusado había sido condenado previamente por otro delito de estafa en 2022.
Finalmente, la Sala ha rechazado imponer las costas de la apelación al acusado, considerando que ejercía su derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que se han declarado de oficio en esta segunda instancia.
