El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha impuesto una multa de 420 euros a un abogado por introducir hasta 48 citas de jurisprudencia falsas, generadas por Inteligencia Artificial (IA), en un recurso de apelación. Esta actuación se considera contraria al deber de veracidad y a las reglas de buena fe, además de constituir un abuso del servicio público de la justicia.
La sanción fue decidida por la Sala de lo Penal del TSJC, que también ha acordado informar al Colegio de Abogados del afectado sobre los antecedentes del caso, para que proceda, si lo considera pertinente, a depurar las responsabilidades disciplinarias en las que el abogado haya podido incurrir.
En el auto que justifica la sanción, se explica que el abogado elaboró un recurso de apelación ante el TSJC contra un fallo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife utilizando una herramienta de IA de tipo «generalista». A través de esta herramienta, se introdujeron citas de sentencias del Tribunal Supremo y un informe del Consejo General del Poder Judicial que supuestamente apoyaban su posición, pero que, en realidad, no existían, según verificaciones hechas por la documentalista del TSJC.
El tribunal puntualizó que el abogado no realizó «revisión ni verificaciones» de las citas, careciendo de una contrastación que confirmara la existencia real de los números de sentencia, fechas y otros identificadores. Esta falta de supervisión se considera una clara violación del deber básico al que deben atenerse los profesionales al utilizar herramientas de IA.
A lo largo del auto, el tribunal subraya que la omisión de esta supervisión es indicativa de una grave falta de diligencia que el Código Deontológico requiere de los abogados. Para determinar la cuantía de la multa, se aplicó un criterio «ejemplarizante», estableciendo la multa en 420 euros, la mitad del costo anual aproximado de una suscripción a una herramienta de IA jurídicamente específica, que probablemente habría evitado el triste desenlace del caso.
Supervisión Humana en el Uso de IA
La Sala enfatiza que, si bien reconoce el potencial de las herramientas de IA en el ámbito jurídico, es imprescindible un principio de supervisión humana. Se subraya que el profesional debe utilizar estas herramientas como asistentes y no como entidades decisorias, evitando así una dependencia ciega de los sistemas automatizados.
El auto, cuyo ponente es el presidente del TSJC, Juan Luis Lorenzo Bragado, también responde a las alegaciones del abogado, quien manifestó su descontento por la divulgación de su identidad tras la publicación del caso. Atribuyó este hecho a la Oficina de Comunicación del TSJC, la cual emitió un comunicado sobre el caso. El letrado denunció que el número de identificación general (NIG) que figuraba en la sentencia seudonimizada permitió, a otros abogados y medios de comunicación, rastrear su nombre.
El abogado expresó que esta situación le había acarreado burlas y comentarios desfavorables en su entorno profesional. La Sala lamentó que esta circunstancia hubiera podido afectar la imagen pública del abogado, pero remarcó que la Oficina de Comunicación actuó sin culpa al divulgar la sentencia utilizando la herramienta de IA correspondiente para despersonalizar el contenido.
En conclusión, se destaca que el hecho de que la sentencia fuese accesible a través del NIG no conlleva irregularidad alguna, sino que es una consecuencia del sistema de identificación, donde los nombres de los profesionales no son objeto de anonimización según las reglas de publicación judicial.
