PAMPLONA, 9 Abr. (EUROPA PRESS) – La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 13 años y 6 meses de prisión a un acusado que el 8 de julio de 2023 violó a una joven de 15 años en Pamplona, tras amenazarla con una navaja en el cuello. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, incluye la prohibición de acercarse a la denunciante a menos de 500 metros durante 16 años.
Además, el procesado, de nacionalidad española, debe cumplir una medida de libertad vigilada de 9 años, una vez cumplida la pena privativa de libertad. También deberá indemnizar a la joven con 25.000 euros por el daño moral causado.
En 2023, el acusado, que tenía entonces 18 años, y la víctima convivían en un centro de menores. El 6 de julio, ambos, junto con otros compañeros del centro y algunos educadores, asistieron al Chupinazo de los Sanfermines. Durante ese evento, según reza la resolución judicial, «tontearon» y «se liaron», pero ella ya le había advertido que «no quería mantener relaciones sexuales completas».
El 8 de julio, en compañía de otro joven que había estado en el centro hasta mayo, ambos volvieron a salir. Pasaron la tarde en un concierto en la plaza de los Fueros y compraron una botella de pacharán, consumiendo solo los dos chicos, ya que ella no bebió.
En un momento dado, el acusado manifestó su deseo de ir al baño. Ella le acompañó y, en lugar de dirigirse a la estación de autobuses como ella creía, él alegó que habría cola en los baños y la llevó hacia las murallas, a una zona apartada.
Allí, según recoge la sentencia, el inculpado le dijo que quería tener relaciones sexuales, a lo que ella se negó. Él insistió, la tocó «por todo el cuerpo» y la agarró para que no pudiera irse. Sacó una navaja de la riñonera y se la colocó en el cuello, amenazándola con que, si gritaba, la rajaría. Luego, la violó.
Cuando el acusado se marchó, la víctima se quedó allí un rato en estado de shock. De regreso al centro, recibió un mensaje de él en el cual la amenazaba para que no contara lo ocurrido. En una de sus respuestas, ella contestó: «Déjame en paz. Me has jodido la vida. Espero que te quedes a gusto después de lo que me has hecho». El día 15, el condenado le escribió de nuevo para preguntar si había «contado algo» y volvió a amenazarla.
El agresor dejó el centro a principios de agosto. En octubre, la víctima relató la agresión sufrida a su terapeuta. Los hechos fueron llevados a conocimiento de la coordinadora del centro, quien los comunicó a la fiscalía y presentó una denuncia ante la Policía Foral.
En el juicio celebrado el 13 de marzo, la fiscalía y la acusación particular solicitaron 14 años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de 16 años, mientras que la defensa solicitó la absolución.
Los Mensajes Corroboran los Hechos Denunciados
La Sección Segunda de la Audiencia constató la existencia de dos versiones contradictorias sobre los hechos, siendo la única prueba directa la declaración de la víctima. El tribunal consideró que su testimonio cumplía todos los requisitos para ser prueba de cargo y desvirtuar la presunción de inocencia del procesado, afirmando que «esta declaración ha resultado plenamente convincente, clara, coherente y sin contradicciones».
Además, los magistrados señalaron que no se demostró la existencia de un móvil espurio, resentimiento o venganza que pudiera haber llevado a la joven a presentar denuncia. Destacaron que no había datos que indicasen que tuviera algún interés en perjudicar al procesado más allá del legítimo deseo de que se le castigue por el hecho delictivo y que se le resarza por los perjuicios sufridos.
La Audiencia también resaltó las conclusiones del informe pericial, que sugirieron que la menor padece daño psicológico que equivale a un diagnóstico de trastorno de estrés postraumático, compatible con el hecho denunciado.
Sin duda, concluyó el tribunal, el elemento más relevante para corroborar los hechos fueron los mensajes enviados el 8 y 15 de julio por el encausado. La sala consideró que «la explicación más coherente y lógica para estos mensajes es la ofrecida por la denunciante», que, además, se desprende de su propio contenido literal.
