
PAMPLONA, 20 Abr. (EUROPA PRESS) – La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 4 años y un día de prisión por un delito de agresión sexual a un profesor de un colegio de Pamplona que realizó tocamientos a una alumna de 10 años.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, establece que el procesado, actualmente de 49 años, no podrá comunicarse ni acercarse a la menor a menos de 300 metros durante 6 años. También deberá cumplir una medida de libertad vigilada, que se ejecutará tras la pena privativa de libertad, de otros 5 años. Además, se le condena a indemnizar a la víctima con 4.000 euros por el daño moral.
Por otro lado, se le ha impuesto una pena de inhabilitación especial por un tiempo de 10 años para cualquier profesión, oficio o actividad con menores de edad, ya sean remuneradas o no.
Los hechos ocurrieron el 18 de marzo de 2024, alrededor de las 10:45 horas. El acusado, encargado del cuidado de los niños durante el recreo, se dirigió a la víctima y a una amiga, preguntándoles si querían ayudarle a buscar unas pelotas de velcro. Las niñas accedieron a acompañarle al almacén de la sala de calderas.
En el almacén, el inculpado colocó un pupitre junto al armario y les hizo creer que entre el armario y la pared había pelotas de velcro aprisionadas, diciendo que se podían ver a través de un hueco. El profesor pidió a la menor que se subiera al pupitre para intentar mover el armario saltando, mientras él la sujetaba.
Con un «evidente ánimo lascivo», el encausado se colocó detrás de la niña y durante unos minutos se restregó contra sus glúteos y la zona lumbar.
Un tiempo después, el acusado afirmó que había escuchado caer una pelota, que mostró a las niñas, y así salieron del almacén. La víctima, que se sintió «rara y molesta», después de acceder al patio con sus amigos, comenzó a llorar y contó a sus padres lo sucedido al salir del colegio.
Según la sentencia, la menor presentó durante los primeros meses diversos índices de malestar emocional, incluyendo pesadillas, cambios de ánimo, nerviosismo y sentimientos de tristeza y culpa.
En el juicio, el 31 de octubre de 2025, la fiscalía solicitó una pena de 5 años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de 16 años, mientras que la acusación particular elevó la solicitud a 9 años. La defensa, por su parte, exigió la absolución.
La Sección Segunda de la Audiencia destacó que la prueba de cargo esencial en este tipo de delitos es el testimonio de la víctima. En este caso, la menor de 10 años prestó una única declaración durante el proceso.
El tribunal consideró que «esta declaración de la menor ha resultado plenamente convincente, creíble y coherente, manteniendo la necesaria conexión lógica entre sus distintas partes».
CONDUCTA «EXTRAÑA E INEXPLICABLE» DEL PROFESOR
Asimismo, tanto la inspección ocular del almacén como las fotografías aportadas a la causa por los policías forales que investigaron la denuncia prestan «datos de verosimilitud» al relato de la menor.
Los jueces señalaron que el lugar y la maniobra descrita por el profesor resultan «extrañas e inexplicables» para lo que presuntamente pretendía hacer, subrayando que «la lógica hubiera sido que la fuerza la hiciera el acusado y las menores miraran si caían las pelotas».
La directora del colegio y el director pedagógico también encontraron «ambigua» la versión de los hechos del profesor.
El tribunal remarcó que la versión de la menor se vio corroborada en parte por la inspección ocular realizada por los agentes de la Policía Foral, de cuya «imparcialidad y objetividad» no alberga dudas. «Por tanto, la versión de los hechos dada por la menor se ve corroborada periféricamente con el restante cuadro probatorio», precisan los jueces.
En contraste con estas pruebas, el encausado negó haber tenido contacto físico con la menor, aunque su declaración fue inconsistente a lo largo del tiempo, introduciendo modificaciones respecto a lo inicialmente contado.</p
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