La Comisión Europea (CE) ha solicitado la inadmisión a trámite de la petición de la Audiencia Provincial de Sevilla, que busca elevar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la anulación de condenas a varios inculpados en el caso de los ERE fraudulentos. Esta petición involucra a ex presidentes andaluces como Manuel Chaves y José Antonio Griñán. La CE argumenta que «el TJUE es manifiestamente incompetente» para abordar estas cuestiones.
Argumentos de la Comisión Europea
El escrito de alegaciones de la CE considera que las cuestiones prejudiciales son «inadmisibles» y señala que «se abstendrá de presentar observaciones sobre el fondo del asunto». En este contexto, el Tribunal de Justicia ha manifestado que no puede pronunciarse sobre un asunto en el cual resulta evidente que la disposición del Derecho de la Unión sometida a su interpretación no es aplicable.
La CE sostiene que, dado que la fuente de financiación parece ser el presupuesto de la Comunidad Autónoma y no existe financiación procedente del presupuesto de la Unión, «el asunto principal no entra en el ámbito de aplicación material del artículo 325 TFUE». Por lo tanto, las disposiciones relevantes son inaplicables.
Relevancia y alcance de las cuestiones
Respecto a la interpretación de las disposiciones del Derecho de la Unión, la CE señala que «no tiene relación con la realidad o con el objeto del litigio principal». En este sentido, la CE critica que no se demuestra que los fondos en cuestión provengan del presupuesto de la Unión, además de que no hay referencias a la financiación de la Unión en las sentencias de la Audiencia Provincial, del Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional.
La CE ha respondido a la argumentación de la Audiencia de Sevilla, que mencionó la relación entre el presupuesto de la Unión y los presupuestos de los Estados miembros, alegando que la apropiación indebida de fondos públicos podría afectar los intereses financieros de la Unión. Sin embargo, estas consideraciones no validan la admisibilidad de la petición de decisión prejudicial relacionada con dichas disposiciones.
Situación actual del proceso judicial
La Audiencia de Sevilla había elevado el pasado mes de julio una cuestión prejudicial al TJUE, relacionada con el mandato de emitir nuevas sentencias en línea con la resolución del Tribunal Constitucional, que anula condenas a ex altos cargos de la Junta de Andalucía. Esta medida fue justificada por la Audiencia con el fin de «evitar un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares» y «salvaguardar los intereses financieros de la UE».
Además, la Audiencia había solicitado a las partes que aclarasen si el Tribunal Constitucional se había «extralimitado» en su interpretación de los conceptos de prevaricación y malversación. También se discutió si la doctrina establecida para nuevas sentencias podría incumplir las exigencias internacionales en la lucha contra la corrupción.
Decisiones del Tribunal Constitucional
El año pasado, el Tribunal Constitucional indicó que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo, al dar la condena inicial y desestimar los recursos de casación, incurrieron en una «interpretación extravagante e imprevisible» de los elementos típicos que vulneraron el derecho fundamental a la legalidad penal, de acuerdo con el artículo 25 de la Constitución Española.
Posteriormente, la Audiencia de Sevilla decidió suspender la tramitación de la emisión de nuevas sentencias ordenadas por el Tribunal Constitucional, debido a dudas sobre su adecuación al Derecho Europeo y para «evitar un riesgo sistémico de impunidad futura». Este proceso continúa siendo objeto de atención en el contexto del sistema judicial español.
