El 19 de septiembre de 2025, la jueza de Catarroja, Valencia, que lleva la causa relacionada con la DANA, ha tomado la decisión de instar al Registro Civil a inscribir a la bebé de una mujer que falleció a causa de esta tragedia. Esta decisión se ha producido tras recibir un informe del Instituto de Medicina Legal.
En una providencia, la magistrada ha requerido a la representación procesal correspondiente que se proporcionen el nombre y apellidos de la bebé, así como el orden de los mismos, que se deben incluir en el Registro Civil. Una vez verificada esta información, la jueza ha solicitado que se registre el fallecimiento de la niña, ocurrido tras los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento, conforme a la Ley 20/2011, de 21 de julio.
En el mismo documento, la instructora ha citado un escrito presentado en el juzgado por À Punt Radiotelevisión Valenciana, en el que se indica que la cadena estará dispuesta a entregar las grabaciones realizadas durante los días de la tragedia, siempre que así lo requiera el juzgado. Sin embargo, también han manifestado que la difusión voluntaria de estas imágenes podría acarrear responsabilidades penales, tanto para ellos como para los trabajadores que grabaron la reunión del Centro de Coordinación de Emergencias (Cecopi).
Oposición frontal al aporte de grabaciones
La jueza ha agregado este documento a la causa, observando que no se trata de un ofrecimiento por parte de À Punt: «sino más bien al contrario: una oposición frontal a la aportación voluntaria de grabaciones en bruto». Por lo tanto, será necesario ajustarse al requerimiento acordado en el auto del 18 de septiembre de 2025, así como validar la incorporación al procedimiento y la legalidad de las grabaciones de la reunión del Cecopi del 29 de octubre, que fueron emitidas por RTVE.
Además, la jueza ha decidido solicitar a Adif que, en un plazo de cinco días, envíe al Juzgado una copia íntegra del informe que enviaron a Les Corts Valencianes para la Comisión de Investigación de la DANA, en mayo de 2025. Este informe debe incluir «todas las comunicaciones de suspensión del tráfico ferroviario realizadas los días 29 y 30 de octubre de 2024, así como cualquier otro informe que pudiera complementar o aclarar lo anteriormente mencionado».
