La Audiencia de Barcelona ha absuelto al agente de la Guardia Urbana de Barcelona (GUB) que disparó a un hombre sin hogar en noviembre de 2020. Esta decisión se tomó al rechazar que la Fundación Arrels ejerciera la acusación popular contra el policía durante el juicio, que estaba previsto comenzar el 22 de octubre de 2025 en la sección 2.
Durante el turno de cuestiones previas, la defensa del policía alegó una «falta de legitimación activa» por parte de la Fundación Arrels para ejercer la acción penal, ya que esta era la única acusación contra el agente en este procedimiento. Es importante mencionar que la Fiscalía no presentó cargos contra el GUB, y para el sintecho pedía la absolución con una medida de internamiento en un centro médico por cuatro años, debido a su diagnóstico de trastorno delirante crónico con esquizofrenia.
La defensa argumentó que la ley no permite que una acusación popular, por sí sola, sostenga un procedimiento judicial sin la acusación de la Fiscalía o de la víctima. Además, indicó que el sintecho se encontraba en «rebeldía procesal, en paradero desconocido» y no autorizó a Arrels a ejercer la acusación, lo que llevó a la defensa a solicitar su expulsión como parte acusadora y que se dictara una sentencia absolutoria para el policía.
En relación a la delimitación del juicio, la defensa del agente subrayó que solo se contemplaba un delito de lesiones en el auto de procedimiento abreviado, por lo que Arrels no podía sostener una acusación por tentativa de homicidio, que solicitaba una condena de 10 años de cárcel. Esto, argumentaron, vulneraría el principio acusatorio y el derecho de defensa del policía.
En cuanto a la legitimación activa de la acusación popular, la Fiscalía mencionó que este tema ya había sido debatido y resuelto de manera estimatoria para la defensa del acusado, que tenía el derecho de denegar la personación de Arrels, aunque esta decisión fue recurrida y la Audiencia de Barcelona estimó las pretensiones de la fundación.
La abogada Eva Hobeich, representando a Arrels, pidió que se leyera la declaración del sintecho, ya que se encontraba «ilocalizable». Sin embargo, tras una extensa deliberación, el tribunal decidió apartar a la acusación popular por no haber encontrado un escrito en el que el sintecho autorizara «de forma expresa» a Arrels a presentarse como acusación.
Aunque se halló un documento presentado por la abogada de oficio que asistió al sintecho legalmente, dicho documento no acredita su acción como acusación particular ni consta en las notificaciones correspondientes. El tribunal señaló que, si bien se hubiese aceptado una autorización «tácita», esto requeriría algún tipo de comportamiento activo o positivo para justificar la legitimación de la acusación, lo cual no se presentó.
El tribunal finalmente decidió absolver al agente acusado por los delitos, que incluían uno de lesiones con arma de fuego, dejando abierta la posibilidad de que las partes pudieran presentar un recurso contra la decisión.
Reacción de la Fundación Arrels
La responsable del servicio jurídico de Fundación Arrels manifestó que estaban «tristes» por la decisión del tribunal de dictar una sentencia absolutoria. Avanzó que se tiene la intención de recurrir esta resolución. «Es muy difícil poder llegar a hacer un juicio… que podría ser absolutoria, pero no podemos juzgar si la actuación fue proporcionada o no, y si esta actuación es aporofóbica», subrayó.
La abogada mencionó que las personas sin hogar no suelen tener teléfonos móviles ni hogares donde recibir notificaciones, entendiendo que la interpretación del tribunal es «muy restrictiva» y contraria a derechos fundamentales como el acceso a la justicia.
Los Hechos
Los hechos se registraron el 21 de noviembre de 2020, cuando el hombre sin hogar bloqueaba con sus pertenencias la entrada de un edificio en Passeig Sant Joan, lo que provocó que una patrulla de la Guardia Urbana se presentara tras la llamada de los vecinos. Los agentes le solicitaron que recogiera sus cosas, pero al aproximarse, el hombre se dio la vuelta con un cuchillo, acometiendo contra uno de los guardias urbanos, que tuvo que alejarse y pedirle que lo arrojara al suelo.
El acusado ignoró las órdenes y se dirigió hacia la plaza Tetuán, donde, acelerando el paso, atacó a uno de los policías, quien disparó primero al suelo para disuadirlo. Ante la falta de respuesta, el agente disparó de nuevo, hiriéndolo de gravedad.
