Santander – 30.04.2026
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la resolución mediante la cual se convocan subvenciones a profesionales, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción y edición de cortometrajes (de ficción, animación o documentales) y videoarte, a las que se destinan un total de 80.000 euros.
Beneficiarios de las subvenciones
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, dirigidas a profesionales y empresas, las personas físicas (empresarios individuales que actúan como productores independientes) y las personas jurídicas privadas con forma societaria (promotoras audiovisuales) dedicadas a la producción cinematográfica. Para poder acceder a estas ayudas, deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio fiscal en Cantabria.
- Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) en el sector de actividad relacionado con las subvenciones.
- Estar inscrita como empresa productora de cinematografía en el registro administrativo de empresas audiovisuales y cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA).
Criterios de valoración de proyectos
Los proyectos serán objeto de valoración de acuerdo a criterios de interés cultural. Se considerará la idoneidad del equipo para el proyecto, la presentación de la memoria y su contenido, el elenco protagonista y el equipo técnico relevante, así como el desarrollo visual en el caso de animación.
La relevancia y originalidad del proyecto, en el caso de la ficción, se basará en la calidad del guion (personajes, estructura, diálogos si los hubiera). Para videoarte y documental, se evaluará la investigación desarrollada. Otro aspecto importante es la adecuación del proyecto a la previsión presupuestaria.
Trayectoria profesional y antigüedad
También se analizará la trayectoria profesional, teniendo en cuenta la valoración en producción y gestión del solicitante o de la empresa solicitante, así como las producciones realizadas y su repercusión en los últimos dos años, con especial atención a su presencia en festivales de cine.
Otros aspectos que se valorarán son la antigüedad del solicitante o de la empresa solicitante en el ejercicio de su actividad profesional en el sector cinematográfico, desde la fecha de alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y hasta la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria. También se tendrá en cuenta la generación de actividad económica en Cantabria, especialmente en relación con el porcentaje que represente la inversión en la contratación de recursos creativos, artísticos y técnicos realizados por personas y por empresas con domicilio fiscal en Cantabria.
Interés cultural y participación femenina
Se considerará el interés histórico y cultural del proyecto, en función del grado de conexión con la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como la obra audiovisual basada en la historia de la región. Asimismo, se evaluarán los proyectos con participación femenina, valorando especialmente los cargos ocupados exclusivamente por mujeres.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de esta convocatoria, conforme al artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
