VALLADOLID, 11 de mayo. (EUROPA PRESS) – Un informe del Servicio de Vigilancia Aduanera ha revelado que el grupo funerario El Salvador-Funeraria Castellana «prestó servicios» durante el período investigado, entre 1995 y 2015, sin contar con las existencias de féretros necesarias. Esta afirmación se basa en el análisis de la facturación, gran parte de la cual es considerada ficticia, entre la empresa encausada y diversos proveedores.
La jornada celebrada en la Audiencia de Valladolid ha incluido la pericial de dos funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, quienes elaboraron un informe en junio de 2020 sobre la adquisición de féretros por El Salvador-Funeraria Castellana, con el objetivo de determinar si dicho aprovisionamiento es real o, por el contrario, ficticio, con el fin de ocultar el «reciclado» de cajas.
Los expertos, tras analizar las relaciones comerciales entre El Salvador y distintos proveedores entre 2001 y 2014, incluidos el también encausado Victorio Senovilla de Fabricados Senovilla, concluyen que buena parte de estas adquisiciones no fue real, dado que «no están soportadas documentalmente con facturas», y en muchas ocasiones solo se observan pagos en concepto de IVA.
Por otra parte, los funcionarios de Aduanas han detallado, año por año, el número de cajas que supuestamente fueron adquiridas a distintos proveedores. Han indicado que, en 2001, no dan por válidos 126 féretros que Funeraria Castellana sostiene que compró a Senovilla, además de otros 92 en 2004 y más de 100 en 2005. En 2007, tampoco validaron los 454, de un total de 864, que figuran en los registros. Tampoco se ha validado un importante flujo de ataúdes supuestamente comercializados entre el grupo funerario investigado y otros proveedores.
Como conclusión de este complejo estudio, Vigilancia Aduanera sostiene que, si se considerara válida la facturación analizada, faltarían un total de 1.174 féretros para que El Salvador pudiera prestar sus servicios en el período investigado. Esta cifra podría aumentar a 4.552, la que se señala como verdadera según el recuento de todas aquellas cajas invalidadas por carecer de soporte documental acreditativo de su adquisición.
Además, los funcionarios han comprobado que parte de estas cajas figuran como compradas a un proveedor ya fallecido, como es el caso de Juan Antonio M.R., quien murió el 29 de abril de 2009, pese a que constan compras en los meses de junio y agosto de ese mismo año. En el caso de otro supuesto aprovisionador de cajas, José Antonio B.R., no se ha conseguido identificarlo como persona física en la base de datos de la Agencia Tributaria.
LAS LIBRETAS NO SE HICIERON DE UN «TIRÓN»
En esta nueva jornada del juicio también se presentó un informe pericial elaborado por una inspectora de la Policía Nacional sobre el abundante material reunido por Justo M.G., el trabajador ya fallecido del grupo funerario El Salvador, que constituye la principal prueba de cargo en el «caso ataúdes». Este informe certifica que las anotaciones del ya fallecido no se realizaron de un «tirón» en un breve espacio temporal, sino a lo largo de 18 años.
La citada agente de la Policía Nacional, autora de este informe de mayo de 2021, ha ratificado que, del cotejo de 12 dietarios y 8 libretas intervenidas a Justo M., así como del cuerpo de escritura atribuido a él, con anotaciones sobre el cambiazo de féretros, se deduce que el material fue elaborado a lo largo de casi dos décadas. La perito ha justificado su dictamen al convencimiento de que las libretas y los dietarios son «coetáneos», presentando una «evolución» de la letra con el paso de los años, lo cual indica que las anotaciones incriminatorias sobre la reutilización de cajas entre 1995 y 2015 «no se hicieron de un tirón, en un mismo periodo temporal».
El dosier atesorado por Justo M., quien fuera trabajador de El Salvador, constituye una prueba crucial, validada por la inspectora en cuanto a que no es «flor de un día», sino resultado de un trabajo concienzudo del autor durante casi dos décadas. Además, se apoya en el fiscal y las dos acusaciones particulares para mantener el rosario de delitos imputados a los veintitrés encausados.
A los acusados, entre ellos la viuda y los tres hijos del fundador de la empresa, que ya ha fallecido, se les solicitan las penas más elevadas por delitos de organización criminal, estafa continuada, apropiación indebida, contra el respeto a los difuntos, blanqueo de capitales y falsedad documental. Las empresas Agencia Funeraria Castellana S.A. y Parque El Salvador S.L. figuran como responsables civiles subsidiarios.
