
VITORIA, 24 Feb. (EUROPA PRESS) – El Gobierno Vasco ha aprobado un nuevo decreto para regular las Ayudas de Emergencia Social (AES), un cambio que afecta la financiación de este apoyo destinado a los ayuntamientos. La modificación permite que los municipios comiencen a conceder las AES desde el inicio del año, además de establecer que estas ayudas para el alquiler se otorgarán, como máximo, a dos unidades convivenciales por vivienda.
La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa, ha destacado en su comparecencia ante los medios tras la reunión semanal del Consejo de Gobierno que las AES son prestaciones económicas no periódicas, dirigidas a aquellas personas cuyos ingresos son insuficientes para hacer frente a gastos específicos que impidan o mitiguen situaciones de exclusión social. Melgosa también recordó que el nuevo decreto actualiza la normativa de 2011 a las necesidades socioeconómicas actuales de Euskadi, después de haber sido redactado con la colaboración de un grupo técnico de Eudel y profesionales de Servicios Sociales.
Los solicitantes de AES deben ser mayores de 18 años y contar con, al menos, seis meses de empadronamiento. Los conceptos para los que se puede solicitar la ayuda permanecen sin cambios e incluyen: alquiler, energía, necesidades básicas, endeudamiento, mobiliario, electrodomésticos, reparaciones e instalaciones.
Novedades Principales
En cuanto a la financiación de estas ayudas, se retoma el sistema anterior a la publicación de la Ley de la RGI. El pago a los ayuntamientos se realizará en dos momentos a lo largo del año. Al inicio del año, el Gobierno Vasco otorgará a todos los municipios la mayor parte de la cuantía programada para financiar las AES, especialmente aquellas destinadas a las personas más vulnerables.
Para los ayuntamientos que hayan aportado alguna cantidad de su presupuesto municipal el año anterior, una vez recibidas las justificaciones de gasto, se procederá a distribuir el resto del crédito disponible.
Una novedad importante es el límite en el número de unidades de convivencia por vivienda al solicitar AES para el alquiler, que será de dos. Se aplicará esta restricción solo para sufragar gastos de alquiler, como se establece en el Decreto 147/2023 de 10 de octubre, sobre el derecho a la ocupación de una vivienda: una unidad si existen lazos de parentesco y dos si no.
Además, al definir a los beneficiarios y establecer la unidad de convivencia, se ha decidido reducir el grado de consanguinidad y afinidad, así como la adopción o acogimiento familiar, al segundo grado. Este cambio responde a la necesidad de adaptarse al presente y futuro de las familias vascas, abarcando a hijos, cónyuges, padres, madres, hermanos, abuelos y nietos.
Se garantiza también la protección social para quienes participen en programas respaldados por administraciones públicas, como Trapezistak, cuyo objetivo es facilitar la integración social y laboral de jóvenes sin referentes familiares en Euskadi.
Otros Colectivos
Este nuevo decreto también impactará sobre otros programas de apoyo para jóvenes al pasar a la vida adulta, personas con discapacidad igual o superior al 33%, aquellos con diagnóstico de enfermedad mental, y usuarios de programas públicos que buscan fomentar la vida independiente.
Con el fin de agilizar procesos y reducir la burocracia, se implementarán medidas que garanticen el derecho de los ciudadanos a no presentar datos y documentos que ya posea la administración, promoviendo así la cooperación y coordinación entre distintas entidades.
De igual manera, se aclarará qué gastos pueden imputarse a un solo individuo y cuáles se consideran comunes, con el fin de evitar problemas de múltiple financiación o subvención.
Situación Actual de la Orden de Pago
Fuera del contexto del nuevo decreto, el importe económico previsto para el pago de AES en 2026 asciende a 41.500.000 euros. Además, se está tramitando la orden de reparto de 37 millones de euros entre todos los ayuntamientos, de manera que, tras la publicación del decreto y la correspondiente orden, se realice el pago de los créditos a los diferentes ayuntamientos o mancomunidades lo más pronto posible. Las cuantías máximas por concepto no sufren cambios.
Los ayuntamientos tienen plazo hasta el 28 de febrero de 2026 para remitir la justificación anual de todas las Ayudas de Emergencia Social concedidas en 2025. Tras la recepción de estas justificaciones, se procederá al reparto de los 4,5 millones de euros restantes entre aquellos municipios que hayan aportado fondos de sus propios presupuestos para financiar estas ayudas.
