PAMPLONA, 21 oct. (EUROPA PRESS) – La titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha condenado a un total de 2 años y 10 meses de prisión a un hombre que maltrató, amenazó e insultó a su esposa durante los dieciséis años de matrimonio en una localidad de la Ribera de Navarra.
Según la sentencia, que ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial, el procesado, de 45 años, no podrá acercarse a menos de 100 metros ni comunicarse durante 7 años con la denunciante.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha explicado que el encausado y la víctima, que iniciaron una relación sentimental en 2002, contrajeron matrimonio al año siguiente. La ruptura se produjo en 2019 y la sentencia de divorcio se dictó en enero de 2020.
Desde el comienzo de la relación, se considera probado en la resolución judicial que el maltratador sometió a su pareja a un clima de agresión (físico, verbal y psicológico) constante, con la finalidad de mantener una situación de permanente dominación, intimidación, imposición y desprecio hacia ella, impidiendo su libre desarrollo como persona y consolidando su posición de superioridad dentro de la relación.
La actitud «amenazante e intimidante» del inculpado hacia su mujer era constante, y se exteriorizaba mediante empujones, gritos y rotura de objetos. En una ocasión, estando la víctima en la cocina, se acercó a ella, le puso la mano a la altura de la clavícula y le dijo que se había levantado con ganas de matarla. También le dijo que le iba a poner cemento en los pies y le iba a tirar al Ebro o que, si ella le denunciaba, le costaba 25 euros acabar con ella.
Con frecuencia, le decía que era «una gorda de mierda, que le daba asco, que ojalá se cogiera un cáncer y se muriera», y que no valía nada y nunca encontraría a nadie. Muchas de las agresiones y el trato humillante tenían lugar en el hogar familiar y en presencia de los hijos. A pesar de todo, la víctima renunció a reclamar indemnización alguna en concepto de responsabilidad civil.
En la sentencia, la magistrada impone al procesado las siguientes penas: 2 años de prisión por un delito de maltrato habitual; 10 meses de prisión por un delito de amenazas; 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de injurias y vejaciones; y 56 días de trabajos comunitarios por cada uno de dos delitos de maltrato. Por el contrario, la juez le absuelve de un delito de maltrato habitual respecto a dos de sus hijos.
Vulnerabilidad y dependencia
En el juicio, celebrado el 9 de junio, la defensa reclamó la absolución, cuestionando la motivación de la denunciante, alegando que le guiaban motivaciones económicas y la intención de llevarse a sus hijos a otra localidad.
La juez destaca que, a pesar de que el cotejo de los mensajes de WhatsApp aportados de julio y agosto de 2021, previos a la denuncia de septiembre de 2021, «acreditan que, efectivamente, existía una conflictividad entre las partes en relación a ambos aspectos», dicha conflictividad es insuficiente para acreditar la motivación espuria de la denuncia y cuestionar la sinceridad del testimonio de la denunciante.
Asimismo, añade que la víctima no reclamó pretensión económica alguna y vinculó la denuncia a las amenazas previas sufridas. El tiempo transcurrido hasta la interposición de la denuncia no merma su credibilidad, ya que la tardanza «encuentra su explicación tanto en el perfil de la víctima descrito como en su situación de vulnerabilidad y dependencia hacia el acusado».
La declaración de la víctima, según la magistrada, «cumple igualmente la nota de la persistencia en la incriminación, al haber mantenido un relato que, en lo esencial y relevante, coincide sustancialmente en todas las fases procesales». Además, la juez se apoya en la declaración de una testigo que expuso el clima de agresión constante en el que se encontraba su amiga, donde «eran habituales las faltas de respeto, los gritos y las vejaciones».
Otra corroboración del clima de violencia es la prueba preconstituida practicada a uno de los menores, quien, a pesar de mostrarse poco colaborador, relató con gran afectación emocional la mala relación entre sus padres.
