MURCIA, 24 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la Región de Murcia contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, que aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, así como de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
En concreto, la sala ha desestimado «la inadmisibilidad opuesta por falta de legitimación activa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia» del decreto que establece, entre otras cuestiones, los caudales ecológicos para la demarcación del Río Tajo.
El recurso contencioso-administrativo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, presentado el 5 de abril de 2023, fue contestado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, y por la Plataforma de Toledo en defensa del Tajo.
La sentencia explica que el escrito de demanda de la Región de Murcia presenta «de una manera prolija distintos motivos en los que, a su vez, despliega, de manera profusa, muy distintos argumentos, muchos de los cuales son circulares y reiterativos en distintos pasajes de la demanda».
