La titular del Juzgado de Instrucción Número 12 de Madrid ha aceptado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se persone como acusación particular en la causa abierta por la colocación de una lona por parte de la asociación Hazte Oír frente al Congreso de los Diputados el pasado 19 de mayo. La jueza María Dolores Baeza respondió afirmativamente a la petición del abogado de Sánchez, quien solicitó ser considerado como acusación particular, así como el acceso a toda la documentación relacionada con el caso.
Hazte Oír ha recurrido esta decisión, argumentando que la personación de Sánchez no debía ser aceptada, ya que no intentó llegar a una conciliación previa, sino que acudió directamente a la vía penal. Según la asociación, esto sería suficiente para inadmitir la denuncia que formalizó el PSOE. Por ello, han pedido a la jueza que revoque la personación de Sánchez hasta que se acredite la celebración del correspondiente acto de conciliación y que el presidente del Gobierno no formalice una querella acompañada de su debido poder especial.
El ofrecimiento de la jueza a Sánchez
La instructora ofreció a Sánchez, el pasado 16 de junio, la posibilidad de ejercer acciones en la causa. En el auto correspondiente, al que la agencia tuvo acceso, se explicaba que el caso comenzó en el Juzgado de Instrucción Número 9 de Madrid, tras recibir un oficio policial con la denuncia de la diputada Begoña Nasarre, «en calidad de portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Socialista», por presuntos delitos de injurias y calumnias con publicidad contra el presidente del Gobierno.
La denuncia se refería a la colocación, por parte de Hazte Oír, de una lona en la fachada del edificio situado frente al Congreso con la imagen del presidente acompañada del término «corrupto» en letras grandes. Además, incluía imágenes de carpetas con textos que rezaban «caso Begoña», «caso Ábalos/Koldo» o «caso fiscal general de Pedro Sánchez», entre otros. La lona, de más de 253 metros cuadrados, fue retirada por los Bomberos del Ayuntamiento de Madrid por orden del Juzgado de Instrucción Número 9, que accedió a la medida cautelar solicitada por Nasarre.
El juez consideró que «el uso de la expresión ‘corrupto’ en una lona de grandes dimensiones, acompañando a la imagen del presidente del Gobierno, forma un conjunto de carácter claramente lesivo para la reputación de Pedro Sánchez, que podría suponer un exceso en el ejercicio de la libertad de expresión». Además, la ubicación de la lona frente al Congreso daba mayor repercusión al mensaje difundido, reforzando el contenido atentatorio contra el prestigio del presidente.
El PSOE pidió actuar contra los camiones de Hazte Oír
El Juzgado de Instrucción Número 12, que asumió el caso, señaló en su auto del 16 de junio que días posteriores a la colocación de la lona se tuvo conocimiento de la colocación de varias pancartas en puentes y pasarelas del distrito de Fuencarral-El Pardo, con la misma imagen y contenido que la lona retirada. También se mencionó que un camión circuló por varias calles de Madrid exhibiendo carteles con el mismo mensaje, lo que generó difusión en medios de comunicación y redes sociales.
En esa resolución se indicaba que, «siendo el objeto de la investigación, un delito de injurias contra el presidente del Gobierno», la condición de perjudicado solo podía ser ejercida por Sánchez, no por el PSOE. Sin embargo, se accedió a que el partido se personara como acusación popular. El PSOE presentó un escrito el pasado 16 de julio solicitando nuevas medidas cautelares, pidiendo «la suspensión de la circulación de camiones con carteles» que replicaban la imagen de la lona retirada, así como «la suspensión de la difusión a través de la página web de Hazte Oír y de sus redes sociales».
