BILBAO, 20 de octubre de 2025 (EUROPA PRESS) – Una sentencia judicial ha confirmado que las cuatro semanas adicionales de la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor en familias monoparentales son una «mejora convencional que debe aplicarse íntegramente» en la Diputación Foral de Bizkaia y que «no puede eliminarse ni reducirse en función de los cambios legales producidos con posterioridad», según ha informado el sindicato ELA.
De esta manera, el sindicato ha logrado una sentencia favorable tras el conflicto colectivo que había interpuesto contra la Diputación Foral de Bizkaia y el Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS) por su «negativa» a reconocer la ampliación del permiso a estas familias.
La sentencia subraya que «la voluntad de las partes al negociar el convenio fue establecer una mejora sobre la legislación vigente», y que «no es conforme a derecho que esta mejora quede absorbida por las modificaciones legales posteriores». Esta resolución se produce después de que el Tribunal Constitucional declarara inconstitucional la regulación de los artículos 48.4 del Estatuto de los Trabajadores y 177 de la Ley General de la Seguridad Social, al considerar que «generaban una discriminación indirecta hacia las familias monoparentales».
Según ha recordado ELA, el Tribunal Constitucional determinó que el menor en una familia monoparental no puede recibir un tiempo de cuidado sustancialmente inferior al de otro menor de una familia biparental, reconociendo el derecho del progenitor a un permiso de hasta 26 semanas, compuestas por 16 ordinarias más 10 adicionales.
Por lo tanto, ELA ha instado a las instituciones a no recurrir esta sentencia y a aplicar «sin demora lo dictado por los tribunales, garantizando el pleno respeto a los derechos de las familias monoparentales». A su juicio, la interpretación «restrictiva» que se ha mantenido hasta ahora en estos casos «vulnera los principios de igualdad, protección de la infancia y dignidad laboral».
El sindicato ha concluido haciendo un llamado a las administraciones públicas para que sean un ejemplo en la aplicación de las medidas de conciliación y corresponsabilidad, y no convertirse en un obstáculo que perpetúe la discriminación, el señalamiento o la estigmatización de los trabajadores que integran familias monoparentales.
