TOLEDO, 14 Mar. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Toledo juzga el próximo miércoles, 18 de marzo, a R.M.S., acusado de delito continuado de abuso sexual a menor de dieciséis años por mantener una relación con una menor de 15 años entre noviembre de 2020 y enero de 2021, cuando contaba con 21 años.
Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso, R.M.S., de nacionalidad española, comenzó una relación sentimental con A. a finales de noviembre de 2020, teniendo en dicho momento R.M.S. 21 años y A. 15 años.
Desde diciembre de 2020 hasta el 16 de enero de 2021, R.M.S., siendo plenamente consciente de que la perjudicada tenía 15 años, mantuvo en diversas ocasiones relaciones sexuales con penetración con A., dándose estas relaciones en el interior del domicilio de la madre del acusado.
El 27 de enero de 2021, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1, decretó la prohibición de R.M.S. de acercarse a la persona de A. en cualquier lugar donde se encuentre, así como acercarse a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella a una distancia no inferior a 300 metros, además de la prohibición de comunicarse con la perjudicada.
Acusaciones y Solicitudes de la Fiscalía
Según la acusación, los hechos son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a menor de dieciséis años, previsto y penado en el Código Penal, por lo que la Fiscalía solicita una pena de 10 años y 1 día de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.
Asimismo, se pide la prohibición de que el acusado se aproxime a A. a una distancia inferior a 500 metros, así como acercarse a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, aun cuando no se encuentre en ellos, durante un plazo de 15 años. También se solicita la prohibición de que comunique con ella por cualquier medio verbal o visual, incluidos los medios tecnológicos y las redes sociales, durante el mismo plazo de 15 años, para su cumplimiento de forma simultánea con la pena de prisión.
Adicionalmente, la Fiscalía solicita la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, por un tiempo de 3 años superior a la duración de la pena de prisión.
Finalmente, en concepto de responsabilidad civil, se reclama al acusado una indemnización para A. de 8.000 euros en concepto de daños morales.
