TOLEDO, 17 Oct. (EUROPA PRESS) – El Ayuntamiento de Toledo ha solicitado la suspensión del plazo para formular alegaciones al reparto de los Fondos EDIL, de los cuales el Consistorio toledano no obtuvo ninguna cantidad.
En un escrito firmado por el alcalde, Carlos Velázquez, y dirigido a la Secretaría General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda, el Consistorio de la capital regional argumenta que debe llevarse a cabo esta suspensión hasta que se proporcionen al Ayuntamiento los datos solicitados para formular sus alegaciones.
Asimismo, se demanda la revisión de la propuesta de resolución provisional del Ministerio aplicando el prorrateo de la senda financiera disponible entre todos los planes que han superado los 50 puntos, situación en la que se encuentra Toledo.
En sus alegaciones, el Ayuntamiento detalla que la Orden de Bases que rige la asignación de la senda financiera menciona que el reparto se realizará entre las tres categorías de beneficiarios de manera proporcional a la demanda efectiva en cada una, «entendiendo por tal las solicitudes presentadas que han superado la calificación mínima de 50 puntos establecida en el artículo 16 de la presente orden», como es el caso de Toledo.
Se establece que, a partir de esta asignación, se tendrá en cuenta el presupuesto disponible en cada región, el equilibrio provincial y la realidad municipal existente, valorando cada solicitud de manera competitiva dentro de su categoría de beneficiario.
Por otro lado, el Ayuntamiento expone que, aplicando la regla general, a los planes que hayan superado los 50 puntos se les asignará la senda financiera que permita cubrir el presupuesto máximo de gasto. Si no hay senda financiera, la Comisión de Valoración prorrateará lo disponible entre los planes seleccionados hasta financiar al menos un plan por cada tipo de beneficiario, con un presupuesto mínimo de 5 millones de euros.
El Consistorio indica que, incluyendo al Ayuntamiento de Toledo, la inversión pública en cada uno de los planes debería ser de 11.441.056 euros; aplicando una tasa de financiación del 85%, la senda financiera debería ser de 9.724.897,60 euros.
DISTRIBUCIÓN PROPORCIONAL
En otra de sus alegaciones, el Ayuntamiento destaca la propuesta de resolución provisional publicada en el BOE el 3 de octubre de 2025, que menciona que «se ha garantizado que todos los planes seleccionados cuentan con una senda financiera de, al menos, el 70% de lo solicitado» y que «se ha garantizado la proporcionalidad y el equilibrio territorial».
Se apunta que el remanente obtenido en cada región «se ha distribuido entre el número de beneficiarios seleccionados dentro de la misma de manera proporcional». Sin embargo, como destaca el Consistorio, los municipios de Ciudad Real, Albacete, Guadalajara y Talavera de la Reina han recibido cada uno 12.156.122,00 euros, mientras que Toledo ha recibido cero euros.
El Ayuntamiento explica que el 3 de octubre requirió a la directora general de Fondos Europeos la puntuación global obtenida en los proyectos presentados a su plan EDIL y las del resto de planes presentados en la región. Esta solicitud, aseguran, no fue atendida, a pesar de ser reiterada el 10 de octubre.
El Consistorio considera que «claramente» se incumple el mandato legal de la Ley General de Subvenciones, que indica que «el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada». Por lo tanto, afirman que la falta de los datos solicitados impide realizar alegaciones precisas.
CRITERIOS DE VALORACIÓN «A POSTERIORI»
El equipo de Gobierno del Ayuntamiento se refiere a los criterios de adjudicación mencionados en la resolución provisional de concesión, donde se considera que «se han introducido criterios de valoración a posteriori y otros diferentes a los establecidos en las Bases reguladoras».
Según el Gobierno municipal, la «garantía de que todos los planes seleccionados cuenten con una senda financiera de, al menos, el 70% de lo solicitado» es un criterio introducido arbitrariamente en la fase de valoración de los proyectos, que no estaba previsto en las bases reguladoras y que determina el resultado de la concesión de ayudas.
Asimismo, la regla del 70% no figura en las bases ni en la convocatoria y se pretende fundamentar en dos motivos, que según el Consistorio son falsos: «garantizar una asignación financiera prudente» y «lograr una mayor vertebración del territorio».
El Consistorio sostiene que esta regla «vulnera los principios de legalidad, transparencia, igualdad y objetividad», introduciendo un criterio no previsto que altera las condiciones de concurrencia competitiva, en conformidad con la normativa estatal y de la Unión Europea.
Además, se resalta la injusticia de la Propuesta Provisional de Resolución, dado que se está ante una única convocatoria que absorbe la totalidad de la senda financiera FEDER.
En relación al equilibrio territorial, el artículo 3.3 de las Bases reguladoras se enfoca en el equilibrio provincial, cuyo criterio «no se concreta ni en las Bases reguladoras ni en la convocatoria».
El Consistorio menciona que no se ha garantizado la proporcionalidad, «pues no se ha procedido al prorrateo de la senda financiera disponible entre todos los Planes que hayan superado los 50 puntos».
ANULACIÓN DE LAS BASES
Finalmente, el Ayuntamiento sostiene que las bases reguladoras indican que, dado el contexto normativo europeo mencionado en la exposición de motivos, esta orden no se incluye dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Hacienda 2024-2026.
Esta omisión, argumenta el Consistorio, no satisface los requisitos de la Ley General de Subvenciones, por lo que concluyen que la consecuencia «no puede ser otra que la anulación de las bases reguladoras por no inclusión» en dicho plan del Ministerio de Hacienda.
